Artículo 440 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Procedimiento Sumario tiene por objeto la investigación y sanción de:
I.- Los delitos cuya pena máxima de prisión sea de cinco años, o solo multa; y II.- Los delitos a que se refiere el artículo 452.
El proceso dejará de tramitarse en procedimiento sumario, tan pronto manifieste el acusado no ser voluntad suya someterse a el y se aplicarán, en este caso, las disposiciones de este Código relativas al procedimiento común
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.