Artículo 439 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En el caso a que se refiere el artículo 383 fracción III, se remitirá el acusado al establecimiento adecuado para su tratamiento.
TITULO DECIMO PRIMERO PROCEDIMIENTO SUMARIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.