Código de Proc. Penales estatal

Artículo 8 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando se presente la denuncia por escrito, se citará a quien la formule para que la ratifique y proporcione los datos que se considere oportuno pedirle. El Ministerio Público recibirá la ratificación dentro del improrrogable término de veinticuatro horas a partir del momento de la presentación de la denuncia.

(ADICIONADO, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

En los casos en que se denuncien conductas que provengan de violencia familiar, el Ministerio Público, en todo caso, al tomar conocimiento de los hechos, ordenará en protección de la victima:

(ADICIONADA, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

I. Tomarle su declaración en lugares que permitan el trato digno y humanitario;

(ADICIONADA, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

II. Dictar las medidas pertinentes para la preservación de las pruebas que se tengan de la conducta de su agresor;

(ADICIONADA, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

III. Informarla puntualmente sobre los derechos a la asistencia jurídica y social a que tiene derecho, indicándole los lugares para su atención;

(ADICIONADA, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

IV. Canalizarla a los servicios médicos y de asistencia social que brinda el Estado, y (ADICIONADA, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

V. Promoverá inmediatamente ante el Juez de lo familiar competente, las medidas de protección hacia las victimas.

(ADICIONADO, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

El Juez que conozca de la causa penal, vigilará el cumplimiento de las medidas protectoras a las victimas de la violencia familiar y en caso de omisión por parte del Ministerio Público que haya conocido de la investigación, ordenará su destitución.

(ADICIONADO, P.O. MAYO 20 DE 2004 )

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Cuando se presente la denuncia por escrito, se citará a quien la formule para que la ratifique y proporcione los datos que se considere oportuno pedirle. El Ministerio Público recibirá la ratificación dentro del…

¿Está vigente el artículo 8?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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