Artículo 501 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 501.- Serán cubiertos por el Erario del Estado todos los gastos que originen las diligencias de policía judicial y las acordadas de oficio por los tribunales o a petición de parte.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.