Artículo 506 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 506.- En el caso del artículo anterior, si la entrega del bien pudiera lesionar derechos de tercero o del acusado, deberá efectuarse la devolución mediante fianza bastante para garantizar los daños y perjuicios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.