Artículo 521 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 521.- Si un tribunal exhortado estimare que no debe cumplimentar un exhorto por interesarse en ello su jurisdicción, oirá al ministerio público y resolverá dentro de tres días, promoviendo, en su caso, la competencia respectiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.