Código Penal estatal

Artículo 551 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala

Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 551.- Si la persona que recibiere la citación manifestare que el interesado no se encuentra en el lugar, dirá dónde se encuentra y desde cuándo se ausentó, así como la fecha en que se espera su regreso, y todo esto se hará constar para que el funcionario respectivo dicte las providencias que fueren procedentes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 551 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala?

Si la persona que recibiere la citación manifestare que el interesado no se encuentra en el lugar, dirá dónde se encuentra y desde cuándo se ausentó, así como la fecha en que se espera su regreso, y todo esto se hará…

¿Está vigente el artículo 551?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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