Artículo 11 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las elecciones en el Distrito Federal se verificarán de acuerdo al ámbito territorial siguiente:
I. La de Diputados de mayoría relativa, en los cuarenta distritos locales uninominales;
II. La de Diputados de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal que abarcará todo el territorio del Distrito Federal;
III. La de Jefe de Gobierno, en todo el territorio del Distrito Federal, que será considerado como una sola circunscripción; y IV. La de Jefes Delegacionales, en cada una de las respectivas Delegaciones en que esté divido el Distrito Federal.
CENTRO DE DOCUMENTACION 3 ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA TÍTULO SEGUNDO DE LA REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.