Artículo 140 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para ser integrante de mesa de casilla se requiere:
a) Ser mexicano, sin contar con otra nacionalidad y ciudadano residente en la sección electoral que comprenda la casilla;
b) Estar inscrito en el Registro Federal de Electores correspondiente al Distrito Federal;
c) Contar con Credencial para Votar con fotografía;
d) Estar en ejercicio de sus derechos políticos;
e) Tener un modo honesto de vivir;
f) Haber participado en el curso de capacitación electoral impartido por el área de Capacitación y Educación Cívica;
g) No ser servidor público de confianza con mando medio o superior, ni ser miembro de Partido Político alguno, ni tener parentesco consanguíneo o por afinidad en línea recta hasta el segundo grado en línea recta y colateral hasta el cuarto grado con los candidatos a elegir; y h) Saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección.
CAPÍTULO X DE SUS ATRIBUCIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.