Artículo 129 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. El Instituto celebrará con el Instituto Federal los convenios pertinentes para la colaboración de este último en el seccionamiento y la división distrital del territorio del Estado.
2. Los convenios a que se refiere el párrafo anterior serán preparados por el Secretario Ejecutivo del Instituto, quien los informará al Consejo General para su aprobación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.