Artículo 186 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los representantes de los partidos políticos podrán presentar al secretario de la mesa directiva escritos sobre cualquier incidente que en su concepto constituya una infracción a lo dispuesto por este Código.
2. El secretario recibirá tales escritos y los incorporará al paquete electoral de la casilla sin que pueda mediar discusión sobre su admisión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.