Artículo 199 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Al término del escrutinio y cómputo de cada una de las elecciones, se formará un paquete electoral con la documentación siguiente:
a) El ejemplar original del acta de la jornada electoral, y b) Los escritos de protesta que se hubieren recibido.
2. Se remitirán también, en sobres por separado, las boletas sobrantes inutilizadas y las que contengan los votos válidos y los votos nulos para cada elección.
3. La lista nominal de electores se remitirá en sobre por separado.
4. El paquete electoral formado será firmado por los integrantes de la mesa directiva de casilla y los representantes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.