Artículo 253 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. El Consejo General, una vez que conozca el proyecto de resolución, procederá a imponer, en su caso, las sanciones correspondientes. Para fijar la sanción se tomarán en cuenta las circunstancias y la gravedad de la falta:
a) Se entenderá por circunstancias el tiempo, modo y lugar en el que se produjo la falta;
b) Para determinar la gravedad de la falta se analizará la importancia de la norma transgredida y los efectos que genere respecto de los objetivos y los bienes jurídicos tutelados por la norma, y c) En caso de reincidencia, se aplicará una sanción más severa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.