Artículo 71 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los órganos centrales del Instituto son:
a) El Consejo General;
b) La Presidencia del Consejo General;
c) La Junta General Ejecutiva;
d) La Secretaría Ejecutiva;
e) La Unidad de Fiscalización, y f) Las Direcciones Ejecutivas.
2. Los órganos desconcentrados son:
a) Comités Municipales, y b) Comités Distritales.
3. En cada uno de sus órganos permanentes, el Instituto contará con un cuerpo de funcionarios integrados en un servicio profesional electoral y en una rama administrativa, que se regirán por el Estatuto que al efecto apruebe el Consejo General, en el cual se establecerán los respectivos mecanismos de ingreso, formación, promoción y desarrollo.
CAPÍTULO PRIMERO DEL CONSEJO GENERAL, SUS COMISIONES Y DE LA PRESIDENCIA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.