Código Electoral estatal

Artículo 119 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los Consejos Municipales Electorales son órganos del INSTITUTO dependientes del CONSEJO GENERAL, encargados de preparar, desarrollar, vigilar y calificar en su caso, los procesos electorales para GOBERNADOR, Diputados al CONGRESO y Ayuntamientos, en sus respectivas demarcaciones territoriales, en los términos de la CONSTITUCIÓN, este CÓDIGO y las demás disposiciones relativas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 119 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Los Consejos Municipales Electorales son órganos del INSTITUTO dependientes del CONSEJO GENERAL, encargados de preparar, desarrollar, vigilar y calificar en su caso, los procesos electorales para GOBERNADOR, Diputados…

¿Está vigente el artículo 119?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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