Artículo 120 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En cada una de las cabeceras municipales funcionará un consejo municipal electoral que se integrará por:
I. Cinco Consejeros Electorales propietarios y dos suplentes; y II. Un representante propietario y un suplente por cada uno de los PARTIDOS POLÍTICOS, con el carácter de Comisionado.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.