Artículo 156 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los casos en que los PARTIDOS POLÍTICOS requieran realizar gastos con motivo de los procesos internos para elegir sus candidatos a cargos de elección popular, podrán realizar erogaciones para gastos operativos y de difusión de sus procesos internos hasta por la cantidad equivalente al 30% del monto del financiamiento ordinario que reciba en el año.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.