Código Electoral estatal

Artículo 205 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El CONSEJO GENERAL en su oportunidad dispondrá lo necesario para realizar el cotejo respectivo, entre la LISTA que se entregará a los CONSEJOS MUNICIPALES para la integración de los paquetes electorales y la que se les entregue en su caso a los PARTIDOS POLÍTICOS o candidatos independientes para la distribución de la misma entre sus representantes ante las mesas directivas de casilla.

TÍTULO TERCERO DE LA JORNADA ELECTORAL CAPÍTULO I DE LA INSTALACIÓN Y APERTURA DE CASILLAS (REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 205 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

El CONSEJO GENERAL en su oportunidad dispondrá lo necesario para realizar el cotejo respectivo, entre la LISTA que se entregará a los CONSEJOS MUNICIPALES para la integración de los paquetes electorales y la que se les…

¿Está vigente el artículo 205?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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