Código Electoral estatal

Artículo 234 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si se encontrasen boletas de una elección en la urna correspondiente a la de otra, se procederá como sigue:

I. Los escrutadores separarán las boletas que no corresponden a la urna que se está revisando y se anotará en una hoja de resultados el número que corresponda a las mismas, para su posterior inclusión en el cómputo de la elección respectiva;

II. Al término del escrutinio de las boletas de las elecciones que se celebraron, se practicarán los cómputos según corresponda; y III. Se anotarán los resultados en el espacio previsto para este caso, en el acta final de escrutinio y cómputo de la elección respectiva a fin de sumarlos a los resultados que se obtengan en ella.

(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 234 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Si se encontrasen boletas de una elección en la urna correspondiente a la de otra, se procederá como sigue: I. Los escrutadores separarán las boletas que no corresponden a la urna que se está revisando y se anotará en…

¿Está vigente el artículo 234?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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