Artículo 274 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante el tiempo que ejerzan las funciones de su cargo, los Magistrados no podrán, en ningún caso, aceptar y desempeñar empleo o encargo de la federación, del ESTADO o municipios, salvo los cargos en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.