Artículo 313 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El estudio de las causas de improcedencia o sobreseimiento de la queja o denuncia se realizará de oficio. En caso de advertir que se actualiza una de ellas, la Comisión de Denuncias y Quejas elaborará un proyecto de resolución por el que se proponga el desechamiento o sobreseimiento, según corresponda, presentando al CONSEJO GENERAL el Proyecto para su aprobación o desechamiento.
Cuando durante la sustanciación de una investigación la Comisión de Denuncias y Quejas advierta hechos distintos al objeto de ese procedimiento que puedan constituir distintas violaciones electorales, o la responsabilidad de actores diversos a los denunciados, podrá ordenar el inicio, de oficio, de un nuevo procedimiento de investigación.
La Comisión de Denuncias y Quejas llevará un registro de las quejas desechadas e informará de ello al CONSEJO GENERAL.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.