Código Electoral estatal

Artículo 341 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son derechos de los aspirantes registrados:

I. Participar en la etapa de obtención del respaldo ciudadano;

II. Obtener financiamiento privado para el desarrollo de sus actividades en los términos precisados por este CÓDIGO;

III. Presentarse ante el electorado como aspirante a candidato independiente y solicitar su respaldo informando al órgano correspondiente del INSTITUTO sobre el procedimiento realizado para ello;

IV. Realizar actos y propaganda conforme a lo dispuesto en este Título, y V. Designar representantes ante los órganos del INSTITUTO que correspondan, a efecto de vigilar el procedimiento de obtención del respaldo ciudadano.

(ADICIONADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 341 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Son derechos de los aspirantes registrados: I. Participar en la etapa de obtención del respaldo ciudadano; II. Obtener financiamiento privado para el desarrollo de sus actividades en los términos precisados por este…

¿Está vigente el artículo 341?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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