Código Electoral estatal

Artículo 342 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son obligaciones de los aspirantes registrados:

I. Conducirse con respeto a lo dispuesto en la CONSTITUCIÓN y en el presente CÓDIGO;

II. Abstenerse de solicitar el voto del electorado;

III. Abstenerse de utilizar en su propaganda cualquier alusión a la vida privada, ofensas, calumnia que denigre a otros aspirantes, precandidatos, partidos políticos, instituciones públicas o privadas, y terceros, o de utilizar símbolos, signos o motivos religiosos o racistas;

IV. Insertar en su propaganda de manera visible la leyenda: “aspirante a candidato independiente”;

V. Abstenerse de hacer uso de bienes públicos, para la obtención de financiamiento o en apoyo a la realización de cualquier acto de obtención de respaldo ciudadano;

VI. Abstenerse de recibir apoyo de organizaciones gremiales, de partidos políticos y cualquier otro respaldo corporativo;

VII. Abstenerse de recibir recursos económicos de los partidos políticos y los sujetos a que se refiere el artículo 63 de este CÓDIGO;

VIII. Respetar los topes de gastos de las actividades tendientes a obtener el respaldo ciudadano, establecidos por el CONSEJO GENERAL;

IX. Abstenerse de realizar actos de presión o coacción para obtener el respaldo ciudadano;

X. Retirar la propaganda utilizada, dentro de los tres días posteriores a la finalización de la etapa de obtención del respaldo ciudadano, y XI. Las demás que establezcan este CÓDIGO y los ordenamientos electorales aplicables.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 342 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 342 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Son obligaciones de los aspirantes registrados: I. Conducirse con respeto a lo dispuesto en la CONSTITUCIÓN y en el presente CÓDIGO; II. Abstenerse de solicitar el voto del electorado; III. Abstenerse de utilizar en su…

¿Está vigente el artículo 342?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.