Artículo 358 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ciudadanos que desempeñen los cargos de Diputado, Presidente Municipal, Síndico y Regidor, tendrán derecho a ser electos consecutivamente para el mismo cargo dentro del Cabildo, para un periodo adicional.
Las personas que por elección indirecta, por nombramiento o designación de alguna autoridad, desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé, podrán ser electas para un periodo consecutivo por el mismo cargo dentro del Cabildo.
(ADICIONADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.