Código Electoral estatal

Artículo 365 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando los munícipes participen en un proceso de elección consecutiva, los servidores públicos municipales observarán la correcta aplicación de los lineamientos en materia de propaganda gubernamental que, bajo cualquier modalidad de comunicación social, difunda la administración pública municipal y vigilarán que la propaganda gubernamental sea de carácter institucional y cumpla con los fines informativos, educativos o de orientación social, así como que en ningún caso, dicha propaganda incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier munícipe con licencia que participe como precandidato o candidato.

(ADICIONADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 365 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

Cuando los munícipes participen en un proceso de elección consecutiva, los servidores públicos municipales observarán la correcta aplicación de los lineamientos en materia de propaganda gubernamental que, bajo cualquier…

¿Está vigente el artículo 365?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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