Artículo 75 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Al convenio de candidatura común se acompañará lo siguiente:
I. El compromiso por escrito de que los PARTIDOS POLÍTICOS postulantes del candidato común entregarán en tiempo y forma al INSTITUTO su plataforma electoral por cada uno de ellos;
II. Las actas que acrediten que los partidos aprobaron de conformidad con sus estatutos, la firma del convenio de candidatura común para la elección que corresponda; y III. El consentimiento por escrito del candidato común.
(REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.