Artículo 8 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El sufragio expresa la voluntad soberana del pueblo de Colima. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación del ciudadano colimense que se ejerce para integrar los órganos de elección popular del ESTADO y Municipios.
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Los organismos electorales garantizarán las calidades del voto.
Quienes incurran en actos que generen presión o coacción a los electores o que impidan el ejercicio del sufragio, serán sancionados, conforme a lo dispuesto en la ley.
(ADICIONADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014) (F. DE E., P.O. 28 DE JUNIO DE 2014)
El voto de los ciudadanos colimenses que residan en el extranjero, se determina en base a lo estipulado por la LEGIPE, y los reglamentos y acuerdos que para este caso determine el INE.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.