Artículo 101 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La preparación de las elecciones comprende los siguientes actos:
I. Elaboración y aprobación del calendario de actividades para el proceso electoral del que se trate;
II. Integración, instalación y funcionamiento de los órganos electorales;
III. Rendición de informe sobre seccionamiento electoral distrital y municipal;
IV. Insaculación, capacitación, evaluación, selección e integración de los funcionarios de las mesas directivas de casilla, así como la publicación y ubicación de las mismas;
(REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
V. Ejecución de programas de educación cívica a la ciudadanía y de capacitación electoral a integrantes de los Consejos Distritales electorales y de las mesas directivas de casilla;
VI. Publicación de la convocatoria para las elecciones;
VII. Difusión de la apertura del registro de candidatos, fórmulas o planillas y su publicación;
VIII. Registro de Representantes de partidos políticos, ante los órganos electorales;
IX. Campañas electorales y acuerdo de reglas para el uso de la propaganda electoral;
X. Difusión de las listas nominales de exhibición de electores;
(REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
XI. Designación de Enlaces electorales;
XII. Aprobación, impresión y entrega de las boletas, documentación electoral, materiales y útiles;
XIII. Publicación del directorio de Notarios en el Estado, en la que se especificarán nombres de los titulares y adscritos, domicilio y teléfono respectivamente; y XIV. Los demás que el Consejo General prevea.
CAPÍTULO II DE LAS PRECAMPAÑAS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.