Código Electoral estatal

Artículo 17 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las elecciones ordinarias de Ayuntamientos y la de diputaciones locales se celebrarán cada tres años y la de Gubernatura cada seis, mismas que se llevarán a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda. Las personas electas tomarán posesión de sus cargos el día cinco de septiembre del año de la elección.

El día en que deban celebrarse las elecciones ordinarias será considerado como no laborable en todo el territorio estatal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo?

Las elecciones ordinarias de Ayuntamientos y la de diputaciones locales se celebrarán cada tres años y la de Gubernatura cada seis, mismas que se llevarán a cabo el primer domingo de junio del año que corresponda. Las…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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