Artículo 2 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La aplicación de este Código corresponde, en el ámbito de su competencia, al Instituto Estatal Electoral, al Tribunal Electoral y al Congreso, todos del Estado de Hidalgo, quienes serán responsables de velar por el libre ejercicio de los derechos político - electorales, la efectividad del sufragio y la validez de las elecciones; contarán con el apoyo y colaboración de las autoridades federales, estatales y municipales para el mejor cumplimiento de sus funciones.
La interpretación de este Código será conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional. A falta de disposición expresa se aplicarán los principios generales del derecho.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.