Artículo 216 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ciudadanos que cumplan con los requisitos, condiciones y términos establecidos tendrán derecho a participar y, en su caso, a ser registrados como Candidatos Independientes para ocupar los siguientes cargos de elección popular:
I. Gobernador;
II. Diputados por el principio de mayoría relativa; y III. Integrantes de los Ayuntamientos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.