Artículo 222 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo General del Instituto Estatal Electoral emitirá la convocatoria dirigida a las y los ciudadanos hidalguenses interesados en postularse como Candidatos Independientes, señalando los cargos de elección popular a los que pueden aspirar, los requisitos que deben cumplir, la documentación comprobatoria requerida, los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, los topes de gastos que pueden erogar y los formatos para ello.
La Convocatoria deberá publicarse al día siguiente de su aprobación en al menos dos medios de comunicación impresos de mayor circulación en la Entidad y en la página de Internet del Instituto Estatal Electoral.
CAPÍTULO IV DE LOS ACTOS PREVIOS AL REGISTRO DE CANDIDATOS INDEPENDIENTES (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.