Código Electoral estatal

Artículo 261 de Código Electoral del Estado de Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son obligaciones de las candidaturas independientes registradas:

I. Conducirse con respeto irrestricto a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, en el presente Código y en la normatividad aplicable;

(REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)

II. Respetar y acatar los acuerdos que emitan los consejos, general o distritales que les resulten aplicables;

III. Respetar y acatar los topes de gastos de campaña en los términos del presente Código;

IV. Proporcionar al Instituto Estatal Electoral la información y documentación que este solicite, en los términos del presente Código;

V. Ejercer las prerrogativas y aplicar el financiamiento, exclusivamente para los gastos de campaña;

VI. Rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros o de ministros de culto de cualquier religión, así como de las asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias.

Tampoco podrán aceptar aportaciones o donativos, en dinero o en especie, por sí o por interpósita persona y bajo ninguna circunstancia de:

a) Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, del estado, de las entidades federativas y los Ayuntamientos, salvo en el caso del financiamiento público establecido en la Constitución Local y en este Código.

b) Las dependencias, entidades u organismos de la Administración Pública Federal, estatal o municipal, centralizada o paraestatal, y los órganos de gobierno del Distrito Federal.

c) Los organismos autónomos federales, estatales y del Distrito Federal.

d) Los partidos políticos, personas físicas o morales;

e) Los organismos internacionales de cualquier naturaleza;

f) Las personas morales;

g) Las personas que vivan o trabajen en el extranjero.

VII. Depositar únicamente en la cuenta bancaria abierta sus aportaciones y realizar todos los egresos de los actos de campaña con dicha cuenta;

VIII. Abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda;

(REFORMADA, P.O. 30 DE JULIO DE 2018)

IX. Abstenerse de proferir ofensas, difamación, calumnia o cualquier expresión que denigre a otros candidatos, partidos políticos, personas, instituciones públicas o privadas o que constituya violencia política en razón de género;

X. Insertar en su propaganda de manera visible la leyenda: "Candidato Independiente";

XI. Abstenerse de utilizar en su propaganda política o electoral, emblemas y colores utilizados por partidos políticos;

XII. Abstenerse de realizar actos que generen presión o coacción a los electores;

XIII. Abstenerse de recibir aportaciones y donaciones en efectivo, así como metales y piedras preciosas por cualquier persona física o moral;

XIV. Presentar, en los mismos términos en que lo hagan los partidos políticos, los informes de campaña sobre el origen y monto de todos sus ingresos, así como su aplicación y empleo;

XV. Ser responsable solidario, junto con el encargado de la administración de sus recursos financieros, dentro de los procedimientos de fiscalización de los recursos correspondientes; y XVI. Las demás que establezcan este Código y los demás ordenamientos legales aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 261 de Código Electoral del Estado de Hidalgo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 261 de Código Electoral del Estado de Hidalgo?

Son obligaciones de las candidaturas independientes registradas: I. Conducirse con respeto irrestricto a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de…

¿Está vigente el artículo 261?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.