Código Electoral estatal

Artículo 392 de Código Electoral del Estado de Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Recurso de Revisión procede en los siguientes casos:

(REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)

I. Durante un Proceso Electoral, exclusivamente en la etapa de preparación de la elección, el recurso de revisión procederá para impugnar los actos o resoluciones que causen perjuicio a quien teniendo interés jurídico lo promueva, y que provengan de los Consejos Distritales Electorales;

(REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)

II. En la etapa de resultados y declaraciones de validez de las elecciones, los actos o resoluciones de los Consejos Distritales Electorales que causen perjuicio real a quien promueve, cuya naturaleza sea diversa a los que puedan recurrirse por la vía del juicio de inconformidad, y que no guarden relación con el proceso electoral y los resultados del mismo; y (REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)

III. Los actos o resoluciones dictados por la Junta Estatal Ejecutiva o por los Consejos Distritales Electorales, que no tengan recurso específico para su impugnación.

(ADICIONADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023)

IV. Durante la etapa de petición, la fase previa y de inicio del proceso de revocación de mandato, para impugnar los actos, omisiones o resoluciones del Instituto Estatal Electoral cuando causen agravio directo a las personas ciudadanas que hayan realizado la solicitud de inicio de proceso de revocación de mandato.

CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 392 de Código Electoral del Estado de Hidalgo?

El Recurso de Revisión procede en los siguientes casos: (REFORMADA, P.O. 22 DE AGOSTO DE 2023) I. Durante un Proceso Electoral, exclusivamente en la etapa de preparación de la elección, el recurso de revisión procederá…

¿Está vigente el artículo 392?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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