Código Electoral estatal

Artículo 406 de Código Electoral del Estado de Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Si del análisis de los Medios de Impugnación, se desprende que se satisfacen todos los requisitos, se procederá a abrir la instrucción dictando el auto admisorio, hasta agotar el trámite y ponerlo en estado de resolución, con lo que se cierra la misma.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 406 de Código Electoral del Estado de Hidalgo?

Si del análisis de los Medios de Impugnación, se desprende que se satisfacen todos los requisitos, se procederá a abrir la instrucción dictando el auto admisorio, hasta agotar el trámite y ponerlo en estado de…

¿Está vigente el artículo 406?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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