Código Electoral estatal

Artículo 57 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo y los demás servidores públicos del Instituto Estatal Electoral desempeñarán su función con autonomía y probidad. No podrán utilizar la información reservada o confidencial de que dispongan en razón de su encargo, salvo para el estricto ejercicio de sus funciones, ni podrán divulgarla por cualquier medio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo?

Los Consejeros Electorales, el Secretario Ejecutivo y los demás servidores públicos del Instituto Estatal Electoral desempeñarán su función con autonomía y probidad. No podrán utilizar la información reservada o…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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