Artículo 345 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los Consejos Distritales y Municipales Electorales harán constar en acta circunstanciada, la recepción de los paquetes Electorales, y, en su caso, las causas que se invoquen para el retraso de su entrega.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.