Artículo 60 de Código Electoral del Estado de Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Las agrupaciones políticas acreditadas o registradas, de conformidad con este Código, podrán suscribir convenios de colaboración con el Instituto Electoral para impulsar la educación e investigación cívico-electoral de los ciudadanos.
Sección Segunda De las Agrupaciones Políticas Estatales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.