Artículo 667 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Las partes de común acuerdo, y por una sola ocasión, podrán solicitar la suspensión de la audiencia, con el objeto de llegar a una conciliación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.