Código Electoral estatal

Artículo 684 de Código Electoral del Estado de Jalisco

Código Electoral del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1. Son aplicables, en todo lo que no contravenga las disposiciones de este Libro, las disposiciones conducentes de este Código, los Reglamentos y Lineamientos que expida el Consejo General y las demás leyes aplicables.

(ADICIONADO, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 684 de Código Electoral del Estado de Jalisco?

1. Son aplicables, en todo lo que no contravenga las disposiciones de este Libro, las disposiciones conducentes de este Código, los Reglamentos y Lineamientos que expida el Consejo General y las demás leyes aplicables.…

¿Está vigente el artículo 684?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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