Artículo 685 de Código Electoral del Estado de Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. La organización y desarrollo de la elección de candidaturas independientes será responsabilidad del Instituto Electoral, a través del Consejo General, las Direcciones Técnicas y Ejecutivas, así como los órganos desconcentrados que correspondan.
2. El Consejo General emitirá los reglamentos y lineamientos, necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Libro, apoyándose en su estructura interna existente o que apruebe crear, observando para ello las disposiciones de la Ley General, este Código y demás normatividad aplicable.
(ADICIONADO, P.O. 8 DE JULIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.