Artículo 120 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las Juntas Municipales son órganos temporales que se integran, para cada proceso electoral ordinario correspondiente a las elecciones de diputados y ayuntamientos, por un vocal Ejecutivo, un vocal de Organización Electoral y un Vocal de Capacitación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.