Artículo 18 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo que se denomina Gobernador del Estado de México, electo por mayoría relativa y voto directo en toda la entidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.