Artículo 280 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El cómputo final de la elección de Gobernador es la suma que realiza el Consejo General de los resultados anotados en las respectivas actas de cómputo distrital, a fin de determinar la votación obtenida en la elección por cada partido político o coalición.
El Consejo General a más tardar el dieciséis de agosto del año electoral, se reunirá para realizar el cómputo final de la elección de Gobernador.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.