Artículo 309 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los escritos de los representantes de los partidos políticos o coaliciones con carácter de tercero interesado, deberán presentarse dentro de las setenta y dos horas, siguientes a la fijación de la cédula con la que el órgano del Instituto, haga del conocimiento público la interposición de un medio de impugnación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.