Artículo 310 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los escritos de los candidatos que participen como coadyuvantes del partido político o coalición que los postuló, deberán presentarse dentro de los plazos establecidos para la interposición de los medios de impugnación o, en su caso, para la presentación de los escritos de los terceros interesados.
CAPÍTULO QUINTO DE LAS REGLAS PARA EL TRÁMITE Y SUSTANCIACIÓN DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.