Artículo 342 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones que recaigan a los recursos de revisión y apelación, tendrán como efecto la confirmación, modificación o revocación del acto o resolución impugnados.
Las resoluciones que recaigan a los recursos de apelación serán definitivas e inatacables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.