Artículo 168 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los observadores electorales, podrán permanecer libremente en las casillas para realizar las actividades que les corresponden durante la jornada electoral, sin intervenir en el desarrollo de la misma ni interferir las atribuciones de los funcionarios de la mesa directiva de casilla.
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.