Artículo 176 de Código Electoral del Estado de Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El día de la elección y el anterior, se prohibe la venta de bebidas embriagantes. Quien infrinja esta disposición será sancionado en los términos de la ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.