Artículo 285 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para el ejercicio del voto, los michoacanos en el extranjero deberán cumplir, además de los que fija expresamente la ley, los siguientes requisitos:
I. Solicitar al Instituto Electoral de Michoacán, por escrito, con firma autógrafa o, en su caso, huella digital, su inscripción en el listado nominal de electores michoacanos en el extranjero en el formato y según los plazos y procedimientos establecidos en el presente Libro, así como los dispuestos por el Consejo General;
II. Anexar a su solicitud copia por anverso y reverso, legible de su credencial de elector con fotografía domiciliada en el Estado de Michoacán;
IV. Los demás que establezca este Libro.
(ADICIONADO, P.O. 11 DE FEBRERO DE 2007)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.